viernes, 27 de noviembre de 2009

Poder Judicial autoriza a la Gerencia General a realizar las modificaciones presupuestarias para pago del Bono de cumplimineto de metas

Luego de promulgada la Ley 29455 de fecha 24 de Noviembre del año en curso, norma que en otras palabras autoriza la transferencia interna de partidas en el Presupuesto del Poder Judicial para facilitar el pago del Bono por Cumplimiento de Metas, debemos informar lo siguiente:

Con fecha 24 de Noviembre de 2009, la Presidencia del Poder Judicial expidió la Res. Adm. 330-2009-P-PJ que autoriza a la Gerencia General a realizar las modificaciones presupuestarias hasta por la suma de 23’000,000 (veintitrés millones de nuevos soles) para financiar el pago de la Bonificación por Cumplimiento de Metas autorizada por la Cuadragésima Sexta Disposición Final de la Ley 29289, con cargo al Presupuesto Institucional del Poder Judicial.

Debemos precisar que NO SE NECESITA NINGÚN OTRO DISPOSITIVO LEGAL O DECRETO DE URGENCIA como erróneamente se comenzó informar por este medio, estas etapas ya fueron superadas; tampoco es cierto que solo haya plazo hasta el día de mañana para tramitar o cobrar el bono, pues como repetimos solo queda pendiente el trámite administrativo para la habilitación de dinero

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